¿Gobernanza en la Reserva Estatal Biocultural del Puuc?

Por: Carlos Miguel Heredia Zapata

Alcérreca (1998) señaló que “Las áreas naturales protegidas (ANP) constituyen porciones de nuestro planeta, terrestres o acuáticas, en donde el ambiente original no ha sido esencialmente alterado por el hombre y que están sujetas a regímenes especiales de protección” (Brañes, 2000, p.330). Según Bezauri (2009), “Actualmente constituyen la mejor herramienta con que cuenta México para conservar la biodiversidad y los servicios ambientales que esta proporciona a la sociedad” (p.387) Para lograr que la toma de decisiones y creación de políticas públicas sean cercanas a los intereses y necesidades de la comunidad, se recurre a la gobernanza ambiental, Hernandez, Flores y Naranjo (2011) mencionan que: La gobernanza ambiental se refiere al conjunto de reglas y trayectorias institucionales, dinámicas organizacionales y procesos colectivos de toma de decisiones, a través de los cuales se influencian las acciones y resultados ambientales y se enfrentan los dilemas y los problemas que se derivan del uso, apropiación y conservación de los recursos naturales (p11).

En este ensayo se expondrá el caso de la Reserva Biocultural del Puuc, así como sus esfuerzos por tener prácticas de gobernanza, por medio de la creación de la Junta Intermunicipal Biocultural del Puuc.
Ésta reserva es de carácter estatal, y tiene 5 años de haber sido decretada. El Decreto número 455 (cuatrocientos cincuenta y cinco) de fecha 21 de Octubre del año 2011 publica la declaratoria de creación de la Reserva Estatal Biocultural del Puuc, en el área comprendida en los municipios de Oxcutzcab, Muna, Ticul, Santa Elena y Tekax del Estado de Yucatán (JIBIOPUUC). Ésta nueva Área Natural protegida se establece con la finalidad de garantizar que los beneficios derivados de los servicios ambientales de los ecosistemas se distribuyan lo más ampliamente y de forma equitativa para mejorar la calidad de vida y los niveles de bienestar de la población. (DOF, 2011).

Respecto a los decretos de áreas naturales protegidas Torres-Orozco (2015) señala que “comúnmente se enfrenta a la problemática de responder a una decisión gubernamental y no a las necesidades de la comunidad de progresar conservando su entorno” (p.58). Igualmente, Hernandez, et al (2011) señala que “las soluciones han partido o de una acción policiva y fuerte del Estado o la privatización de los recursos para que las dinámicas del mercado y la racionalidad de los actores evitaran la catástrofe ambiental” (p.10). Por su parte Duran (2006) menciona que “la primera contradicción radica en la presunción de la existencia de un momento original de la naturaleza, así como la utopía de volver a dicho momento” (p.62).
“Actualmente enfrentamos una crisis de gobernabilidad ambiental (Lezama, 2016). En la cual el estado mexicano ha dado prioridad a recursos naturales considerados de alto valor económico, ocasionando por ello el detrimento de los culturales” (Garnica, 2016, p.1). Se puede observar entonces, que generalmente los decretos de áreas protegidas y políticas ambientales suelen ir encaminados a preservar el entorno natural sin tomar en cuenta el contexto social y cultural de las regiones. Sin embargo, en el caso de la Reserva Bioculultural del Puuc, Medina (2015) explica que: La reserva tiene la particularidad de ser la primera en su tipo, de ser biocultural, no es una reserva en la que se prohíba la actividad humana, se busca fomentar la producción de manera organizada y ordenada en la zona. Así como también que se respeten toda la bioculturalidad que se tiene.

Este carácter biocultural se describe en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, en el decreto no. 455 (2011) como: la base patrimonial del territorio que incluye una gran cantidad de recursos biológicos desde el nivel de la diversidad genética hasta la amplia heterogeneidad y agregación al nivel del paisaje, y el conocimiento ancestral y contemporáneo que se ha combinado en prácticas que son vitales para la seguridad alimentaria, la salud, y el bienestar humano, que han evolucionado en conjunto con los múltiples bienes y servicios que el ecosistema les provee y que determinan la identidad territorial de la población con base en el conjunto de derechos que dan legitimidad al acceso de los recursos naturales y sus beneficios por los habitantes de las comunidades locales. (p.13) Así, volviendo a la idea de que las ANP comúnmente responden a preservar el ecosistema a través de la prohibición, en cuanto a la Reserva Biocultural del Puuc, Batllori (2015) menciona que “No se puede pensar en una reserva como un área donde no se toca y se prohíbe, donde todo se dirige desde afuera. La norma y las formas se quiere que emanen de la comunidad”. Atendiendo a esto, y a la complejidad de la integración de los 5 municipios de la reserva, (REDD+, 2014) El 10 de octubre de 2014, fue publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán el Convenio de creación del Organismo Público Descentralizado Junta Intermunicipal Biocultural del Puuc. Según Medina (2015) la JIBIOPUUC es la asociación que tienen los cinco municipios con los cuales la reserva está integrada, en donde se quiere unir las voluntades de los presidentes municipales junto con el consejo ciudadano, de tal manera que los programas de gobierno vengan enfocados en acciones que realmente se vean en el desarrollo sustentable, que tengan acciones económicas, sociales, culturales, ambientales.

Se puede entender a la JIBIOPUUC como un esfuerzo por lograr procesos de gobernanza en la reserva, que busca la integración de los gobiernos estatal y de los municipios, así como de la sociedad y los diversos actores que participan en ella, para generar la participación activa en la toma de decisiones y lograr mirar hacía un objetivo común.

Conafor (2015) refiriéndose a la importancia de la creación de Juntas Intermunicipales como modelo de gobernanza ambiental señala que son: sistemas de gobernanza intermunicipal apoyados por organizaciones inter comunitarias, para la creación y consolidación de agentes técnicos territoriales y la necesaria construcción de capacidades técnicas para el desarrollo de mecanismos que vinculen los programas de desarrollo rural y el manejo forestal sustentable en cuencas y corredores biológicos prioritarios de México, con la finalidad de detener los procesos de deforestación y degradación forestal manteniendo y mejorando los reservorios de carbono.

La JIBIOPUUC tiene apenas dos años de creación, pero surge la necesidad de identificar si se está cumpliendo con el objetivo de su creación y ver si los procesos de gobernanza y participación se están dando de forma adecuada. Para concluir, se deja la interrogante de identificar si se está logrando que la comunidad se sienta parte de la reserva y participe en los procesos de toma de decisiones, es decir ¿Realmente está existiendo un proceso de gobernanza en la reserva? Se debe recordar que uno de los objetivos primordiales de la gobernanza ambiental, tal como
mencionan Martínez y Espejel (2015) es “el uso de los procesos participativos para incrementar el conocimiento sobre los sistemas ambientales y mejorar la calidad de las decisiones políticas”(156).

Referencias

Bibliografía:
• Batllori, E (2015). Primer Foro Biocultural del Puuc.
• Bezaury-Creel, J., Gutiérrez-Carbonell, D., y Remolina, J. F. (2009). Áreas naturales protegidas y desarrollo social en México. Capital natural de México, 2, 385-431.
• Brañes, B. R. (2000). Manual de derecho ambiental mexicano, 2ª edición. México: Fundación Mexicana para la Educación Ambiental. Las áreas naturales protegidas. 330-346 pp.
• CCPY. Junta intermunicipal biocultural del puuc, organismo público descentralizado intermunicipal (jibiopuuc) Conafor (2015). Gobernanza local para implementación de ATREDD+ – LAIF | Comisión Nacional Forestal.
Recuperado de: http://www.conafor.gob.mx/web/temas-forestales/bycc/acciones-de-preparacion-para-redd/ gobernanza-local-para-implementacion-de-atredd-laif/ [16 Feb. 2017].
• Decreto No. 455, Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, 1 de noviembre de 2011 Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán. No. 31712. (2014). Convenio de creación del organismo público descentralizado “junta intermunicipal biocultural del puuc”
• Duran, C. A. (2009). Gobernanza en los Parques Nacionales Naturales colombianos: reflexiones a partir del caso de la comunidad Orika y su participación en la conservación del Parque Nacional Natural Corales del Rosario y San Bernardo. Revista de Estudios Sociales, (32), 60-72.
• Garnica, E, (2016) ¿Qué es el Ordenamiento Territorial Comunitario y por qué es importante para el medio ambiente?. México: México Sostenible.
• Hernandez, A; Flores, J; Naranjo, M. ( 2011). Serie Avances de Investigación nº 53: Gobernanza ambiental, trayectoria institucional y organizaciones sociales en Bogotá: 1991 -2010. CeALCI- Fundación Carolina JIBIOPUUC (2016). Implementación de programas de inversión.
• Martínez, N. y Espejel, I. (2015). La investigación de la gobernanza en México y su aplicabilidad ambiental. Economía, sociedad y territorio, XV, pp.153–183.
• Medina, M (2015). Primer Foro Biocultural del Puuc.
• Mohar. M., Ortiz, T y García, E. (2013). Hacia una nueva estrategia de conservación: el aporte de las áreas voluntarias. Centro de Investigaciones en Ecosistemas, Universidad Nacional Autónoma de México. México. 35pp.
• REDD+ (2014). La Alianza México REDD+ apoya técnicamente la creación de la Junta Intermunicipal Biocultural del Pucc (JIBIOPUUC). Yucatán, México: Alianza México REDD+. Recuperado de: http://www.alianzamredd.org/noticias/l-alianza-mexico-redd-apoyatecnicamentela-creacion-de-lajuntaintermunicipal-biocultural-delpucc-jibiopuuc-75#.WA_ia-XhBdg
• Torres-Orozco,D; C,I; Jiménez-Sierra,J.Sosa-Ramirez,P.Cortés-Calva, A.Breceda Solís-Cámara, I; I.Iñiguez Dávalos y A. Ortega-Rubio. 2015. La importancia de las Áreas Naturales Protegidas en nuestro país.
En: Ortega-Rubio, A; M.J. Pinkus-• • Rendón e I. G. Espitia-Moreno (Editores). Las Áreas Naturales Protegidas y la Investigación Cientifica en México. (pp . 41-64). Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste S.C; La Paz, B.C; Universidad Autónoma de Yucatán, Mérida Yucatán y Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Morelia, Michoacán, México.

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